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BIBLIOTECA+MEDIATECA Pública Municipal Manuel Belgrano

REGLAMENTO GENERAL   

 

 

  1. La BIBLIOTECA+MEDIATECA Pública Municipal Manuel BELGRANO, creada en 1966, dependiente de la Dirección de Cultura Turismo y Patrimonio del Municipio de Godoy Cruz, tiene la modalidad de BIBLIOTECA PÚBLICA. Es un espacio cultural gratuito abierto a toda la población sin distinción de edad, sexo, credo, condición socio económica y nivel de instrucción.
  2. Toda la población tiene derecho al libre acceso y uso de  sala de lectura y todo caudal bibliográfico y demás soportes de información, en horario de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 hs. y sábados de 8:30 a 13:00 hs.
  3. La consulta, la lectura y el uso del material de la Biblioteca es gratuito para toda la ciudadanía.

 

 

 

  1. Para hacer uso de la Sala de Lectura, el usuario/a deberá registrarse y llenar los datos requeridos en el Formulario de Atención.
  2. Se debe ingresar a la Sala de Lectura sin mochilas, bolsos, morrales, bultos etc. y sin alimentos ni bebidas. (Sólo se permitirá una botella personal con agua).
  3. Los usuarios/as deberán evitar actitudes o conductas que causen molestias a otros lectores/as o al personal.
  4. El hurto, destrucción o deterioro voluntario de obras harán pasibles al lector de las sanciones que trata el Código Penal en los Art.162 y 184.
  5. No se puede realizar anotaciones en los libros y en otros materiales ni doblar las hojas o causar cualquier deterioro. Esto es extensivo a mobiliario y otros bienes y elementos del organismo.
  6. Si fuera necesario salir del recinto bibliotecario para realizar fotocopias se deberá dejar el D.N.I. El fotocopiado deberá hacerse en un lapso no mayor a los 30 minutos y el material será restituido a la Biblioteca en forma inmediata, en las mismas condiciones en que fue prestado. Preferentemente se usará cámara digital para reproducir el material.

 

 

III- DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO A DOMICILIO

 

  1. Todo ciudadano/a tiene derecho a asociarse libremente.
  2. Para retirar material a domicilio es obligatorio asociarse previamente.

 

 

IV- DE LAS CONDICIONES PARA ASOCIARSE

 

  1. El horario de atención para asociarse es de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hs. y sábados de 8:30 a 12:30 hs.
  2. Para ser socio/a se debe cumplir con los siguientes requisitos:

 

Se puede asociar toda persona mayor de 16 años presentando: DNI, impuesto o servicio que acredite domicilio. Deberá proporcionar también un número de teléfono fijo, número de celular y un número de teléfono fijo de referencia.

Los menores de 16 años deben asistir en compañía del padre, madre y/o tutor, con sus respectivos DNI, impuesto o servicio que acredite domicilio. Deberá proporcionar también un número de teléfono fijo, número de celular y un número de teléfono fijo de referencia.

Las donaciones de libros y otros materiales efectuadas a la Biblioteca no eximen a los donantes y/o socios/as del cumplimiento de las normas establecidas por el presente Reglamento, ni de las sanciones por falta de cumplimiento de las mismas.

 

 

V-DEL PROCEDIMIENTO DEL PRÉSTAMO

  1. La presentación del Carnet de Socio es indispensable para solicitar préstamos o efectuar cualquier operación relacionada con ellos.
  2. Si bien el carnet es personal e intransferible el socio/a podrá autorizar por escrito y bajo firma hasta dos familiares, (incluyendo conviviente o cónyuge) para retirar material, presentando indefectiblemente el D.N.I. del autorizado y el carnet del socio autorizante.
  3. El socio/a deberá conservar su carnet en buenas condiciones (plastificado, protegido, etc.).
  4. Los libros deben ser devueltos en la fecha que el personal bibliotecario coloque en la papeleta adherida en la última hoja del libro. Si el socio/a se retrasa en su devolución será suspendido. Por cada día de atraso corresponde una semana de suspensión.
  5. Si por alguna emergencia el Socio/a no puede cumplir en fecha con la devolución, deberá llamar al teléfono 4133254 / 86 / 87 en horario de atención al público. Esto permitirá darle una prórroga de 24 (veinticuatro) horas sin suspensión.
  6. Para RENOVAR el préstamo será indispensable la presencia del socio/a y la Presentación de la obra. Los libros no se renovarán por teléfono.
  7. La reserva de un libro tiene 24 (veinticuatro) horas de vigencia a partir de la fecha indicada por el personal bibliotecario y deberá ser retirado en ese lapso. Caso contrario, se perderá el derecho a la reserva y se podrá prestar el material a cualquier otro socio que lo solicite.
  8. Se pueden retirar hasta 6 (seis) libros por vez, firmando las fichas de préstamo.
  9. Los libros se prestarán por 10,15 o 20 días según disponibilidad y demanda.
  10. Si hay gran demanda de una obra y pocos ejemplares de la misma, y por algún motivo no hubiere posibilidades de compra, la Biblioteca podrá acortar los períodos de préstamo.
  11. Los libros deben ser devueltos en el estado en que se prestaron, entendiendo que el deterioro por mal uso (subrayar el libro, recortarlo, escribirlo, mancharlo, mojarlo, etc.), implicará la compra del mismo libro.
  12. En caso de pérdida de un libro, deberá reponerse el mismo o equivalente en precio, calidad y contenido. De no cumplir con esta obligación, el socio/a será notificado/a oficialmente de su situación de MOROSO y se informará a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad para su intervención.
  13. Al devolver un libro, el socio/a deberá comprobar que el personal bibliotecario restituya la ficha correspondiente y firme la recepción.
  14. De ser necesario, una obra perteneciente al Servicio de Referencia podrá ser prestada a domicilio con el régimen de Préstamo Especial por un fin de semana, sólo si el socio/a registra buen cumplimiento del Reglamento a lo largo de su trayectoria.
  15. Los préstamos del Servicio de Extensión para Discapacitados “Puente-Libro” están exceptuados del presente Reglamento por cumplir requisitos específicos.
  16. El usuario/a podrá ingresar libremente al sector de Biblioteca Abierta, no así al sector de Procesos Técnicos y Depósito de Libros.
  17. Ser empleado/a o funcionario/a municipal no exime del cumplimiento del presente reglamento.
  18. En caso de presentarse situaciones excepcionales no contemplada en este Reglamento, corresponde a las autoridades de la Biblioteca evaluar y resolver las mismas con los recursos técnicos, administrativos o legales disponibles.
  19. En el acto de asociarse, el socio/a dará lectura al presente Reglamento declarando su adhesión a la totalidad de sus artículos y refrendarán con su firma en la Planilla correspondiente.